Hemos constituido la Asociación Contrato de Río Alto Guadiana Menor para ser un punto de encuentro donde se busquen soluciones, de una forma consensuada, a las necesidades del territorio en materia de agua.
HA SURGIDO de la necesidad de las personas del territorio de UNIRSE.
Ahora necesitamos crecer y consolidar el diálogo entre las entidades y las personas comprometidas con este proyecto para concretar nuestras necesidades y propuestas y hacer un Programa de Acción colectivo.
La Asociación Contrato de Río Alto Guadiana Menor se está creando a partir de un proceso participativo. Tras una primera fase de contactos con colectivos representativos de diversos sectores se ha consultado y debatido cuál podía ser la mejor figura jurídica que nos permitiera poner en marcha el Contrato de Río en la cuenca Alta del Guadiana Menor. Esa figura ha resultado ser una Asociación.
Todos los trabajos se han hecho y se hacen de manera colectiva y por consenso, empezando por los estatutos, que fueron elaborados por un conjunto de voluntarios y voluntarias que sentaron las bases para una asociación de ámbito nacional que cubriera el territorio bañado por el sistema fluvial del alto Guadiana Menor que afecta a varias provincias y comunidades autónomas.
En la entidad se integran tanto instituciones y organizaciones empresariales y sociales locales, como administraciones de nivel superior con competencias en Agua.
Estos ESTATUTOS fueron aprobados el 17 de noviembre de 2021, fecha en la que quedó constituida la Asociación con la firma del Acta Fundacional y la elección de una Junta Directiva provisional.
Se podrán asociar con plenos derechos (Art. 7 de los Estatutos), aquellas ENTIDADES y PERSONAS que tengan algún interés u objetivo reconocido (por actividad, trayectoria demostrable o estatutos) en materia de agua, ya sea en su uso o protección y que tengan una implantación real y efectiva en la cuenca alta del Guadiana Menor.
En concreto:
Para garantizar que se escuchan todas las voces la Asociación se articulará internamente por medio de las siguientes secciones funcionales
Para ser un punto de encuentro donde se busquen soluciones, necesitamos aprender la cultura del consenso, lo que supone incorporar al diálogo herramientas de debate y escucha activa y un método de construcción de consenso.
En nuestros estatutos se define CONSENSO como la construcción colectiva de una idea, validada finalmente sin la oposición de ninguna persona. La fuerza del consenso se basa más en la construcción colectiva de la idea final que en el voto positivo en sí. Este consenso debe integrar las sensibilidades y propuestas diferentes planteadas por las personas asociadas y perfiladas en el debate colectivo.
Este es el objetivo del artículo 13 de los Estatutos, en el que se prima el consenso para la adopción de acuerdos y decisiones y se recurre a las votaciones sólo en caso de necesidad, siendo precisa, en ese momento, una mayoría cualificada.
Sólo las ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA constituirán una excepción a esta premisa, debido a la complejidad de la formulación. En todo caso, los grupos de interés no podrán tener más del 30% de la capacidad de decisión en ningún órgano social. (Art. 12.4)
En la actualidad hay elegida una Junta Directiva Provisional con un número mínimo de miembros (tres). Pero se convocará una Asamblea Extraordinaria después de un período de dinamización para la adhesión de nuevas entidades y personas socias en la que:
La Junta Directiva es el órgano ejecutivo, rector y gestor de la Asociación, debiendo rendir cuentas de su actuación ante la Asamblea General.
La Junta Directiva estará compuesta por
La Presidencia y la Vicepresidencia son elegidas por sufragio directo de la Asamblea General, mientras que la Secretaría y Tesorería son cargos que ostentarán dos de los vocales elegidos por las correspondientes secciones funcionales según determine la Asamblea.
La asociación trabajará en lo que decidamos colectivamente. Algunos ejemplos:
Para adherirse a la asociación es necesario solicitarlo mediante el correspondiente escrito, dirigido a la Presidencia, en el que se manifieste expresamente la voluntad de adherirse a la Asociación y de cumplir los fines estatutarios. Para ello solo es necesario rellenar la SOLICITUD DE ADHESIÓN y hacerla llegar a nuestra sede y al correo electrónico (contratoderioagm@gmail.com). En el caso de persona jurídica, la solicitud de ingreso habrá de ser suscrita por su representante legal y tendrá que certificar, además, la aprobación de la adhesión en la asamblea, pleno o junta directiva (depende de los estatutos). El MODELO DE CERTIFICADO también se puede descargar.
La Presidencia trasladará la solicitud a la Junta Directiva que debe decidir sobre la adscripción de los miembros a cada una de las secciones funcionales, teniendo en cuenta si los candidatos/as reúnen o no las condiciones específicas fijadas por la Asamblea General para tal efecto.
La Junta Directiva deberá resolver en plazo no superior a sesenta días desde el traslado de la solicitud.