¿Cómo adoptamos acuerdos y tomamos las decisiones?
Para ser un punto de encuentro donde se busquen soluciones, necesitamos aprender la cultura del consenso, lo que supone incorporar al diálogo herramientas de debate y escucha activa y un método de construcción de consenso.
En nuestros estatutos se define CONSENSO como la construcción colectiva de una idea, validada finalmente sin la oposición de ninguna persona. La fuerza del consenso se basa más en la construcción colectiva de la idea final que en el voto positivo en sí. Este consenso debe integrar las sensibilidades y propuestas diferentes planteadas por las personas asociadas y perfiladas en el debate colectivo.
Este es el objetivo del artículo 13 de los Estatutos, en el que se prima el consenso para la adopción de acuerdos y decisiones y se recurre a las votaciones sólo en caso de necesidad, siendo precisa, en ese momento, una mayoría cualificada.
Sólo las ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA constituirán una excepción a esta premisa, debido a la complejidad de la formulación. En todo caso, los grupos de interés no podrán tener más del 30% de la capacidad de decisión en ningún órgano social. (Art. 12.4)